Diputados opositores
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A los Diputados opositores les saldrá el tiro por la culata si piensan que con la inmunidad serán libres.

 

La inmunidad parlamentaria se emplea a los diputados cuando se encuentren dentro de la Cámara, pero cuando cometan delitos de opinión fuera de ella no es aplicable tal inmunidad.

El Parlamento puede ejercitar su vigilancia política y administrativa, también puede organizar los debates que estime; sin embargo, lo que no puede es tomar decisiones que tienen que ver con sus competencias establecidas en la Carta Magna, hasta tanto no se restablezca el orden constitucional.

Es sabido que la inmunidad se consagra como una garantía del ejercicio autónomo de las funciones legislativas respecto de los otros poderes y como garantía para el mejor y efectivo cumplimiento de la función parlamentaria. Los funcionarios públicos gozarán de inmunidad desde el momento de su proclamación hasta la conclusión de su mandato, sin embargo, los diputados opositores pretenden aprovecharse de este beneficio para tapar sus delitos y librarse de pagarlos en caso de ser juzgados.

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), resolvió suspender a los representantes del estado Amazonas, por motivos de corrupción y una serie de aspectos de orden material que violentan la norma, sin embargo, los demás parlamentarios haciendo caso omiso a dicha sentencia, incorporaron a los diputados suspendidos, entrando así en desacato al TSJ, posición que creen no les traerá consecuencias legales por tener “inmunidad parlamentaria”.

Los diputados opositores deberán asumir las consecuencias de todos sus actos durante su período pues no solo se encuentran en desacato a las leyes y normas, sino que desconocen los demás poderes y exhortan a la población a que también desobedezcan al TSJ y al Estado.

 

Redacción Lechuguinos.