Consideraciones de Habeas Corpus presentada por Antonio Tavares a favor del Embajador Alex Saab

El tribunal de apelación de Cabo Verde le ordenó recientemente que
fuera puesto en arresto domiciliario después de haber pasado siete
meses detenido desde su arresto en junio de 2020.

Pero durante la audiencia del caso ante el tribunal de la CEDEAO el
viernes, Falana, abogado de Saab, argumentó que su cliente goza de
inmunidad diplomática e inviolabilidad y no debe ser detenido por
Cabo Verde.

«Cuando fue detenido, Alex Saab participó en una Misión Especial
humanitaria a Irán. Tenía y sigue teniendo un Enviado Especial del
estatus de Venezuela. Por lo tanto, goza de inmunidad diplomática e
inviolabilidad. Por lo tanto, no solo no puede ser sometido a
encarcelamiento y procedimientos legales por Cabo Verde, sino que
tales acciones también violan el derecho internacional
consuetudinario», dijo.

Agregó: «La realidad es que Cabo Verde solo se ha cumplido
parcialmente a regañadientes y las condiciones del llamado arresto
domiciliario del Sr. Saab están muy por debajo de los estándares
internacionales aceptados e incluso por debajo de los que Cabo
Verde ha ofrecido a los narcotraficantes en el pasado».
El representante de Cabo Verde, Henrique Borges, respondió al
estatus diplomático de Saab.

Dijo: «Cabo Verde no reconoce la autoridad del Tribunal de la
CEDEAO para decidir este caso, ya que no ha firmado y, en
consecuencia, no está obligado por los protocolos adicionales de la
CEDEAO. Esta no es solo una posición contradictoria, sino risible.
«Por un lado, el tribunal ya ha dictaminado el 2 de diciembre que
tiene jurisdicción en este asunto y, sin embargo, aquí estamos el 5 de
febrero, y Cabo Verde está haciendo una presentación a un tribunal
cuya jurisdicción sobre él supuestamente no reconoce. No hay
señales de que Alex Saab tenga estatus diplomático».

Reaccionando, Falana argumentó que «Cabo Verde no puede afirmar
que Alex Saab no sea diplomático, ya que es un Enviado Especial a
Irán y reconocido en ese papel por Irán».
Según él, la Unión Africana ha aceptado su nombramiento. Por lo
tanto, su inmunidad e inviolabilidad son absolutas y Cabo Verde no
puede ser cuestionadas.

Falana dijo: «Cabo Verde tiene que cumplir con la decisión de la
CEDEAO de acuerdo con el Tratado Revisado (Artículo 15) además
de los protocolos adicionales.

«De acuerdo con las disposiciones del Protocolo Adicional 2005, si
nueve Estados miembros lo firman, se convierte en vinculante para
todos los Estados Miembros de la CEDEAO. En este caso, 14 de cada
15 Estados miembros firmaron y solo Cabo Verde no firmó, y eso es
solo porque su primer ministro tuvo que regresar al país para hacer
frente a una emergencia.

«Cabo Verde no ha expresado en ningún momento ninguna
incomodidad con los protocolos; participó plenamente en las
discusiones para acordar los protocolos y, lo que es más importante,
tiene a uno de sus juristas nombrado miembro del Panel de Jueces
de la CEDEAO. Su actual Presidente del Tribunal Supremo es
miembro del Comité de Presidentes del Tribunal de la CEDEAO. Un
miembro en ejercicio actual de la Corte Suprema de Cabo Verde fue
anteriormente miembro de la Corte de la CEDEAO. Una vez más, por
su conducta, se puede ver que Cabo Verde ha aceptado la
jurisdicción del Tribunal de la CEDEAO».