El Tribunal de Primera Instancia en lo penal en funciones de control del estado Táchira  declaró sin lugar las medidas precautelativas en materia ambiental, contra las corridas de toros, interpuestas por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público en la entidad.

De acuerdo información divulgada por el portal de investigación La Tabla, la decisión del referido tribunal hecha por tierra la solicitud del Ministerio Público de suspender las corridas de toros durante la Feria Internacional de San Sebastián.

La decisión del referido tribunal le fue notificada al presidente de la Plaza de Toros “Domingo Molina” de San Cristobal, Yionel Contreras, para los fined consiguientes.

Es importante destacar que la acción penal interpuesta por el Ministerio Público está fundamentada en que el maltrato animal se encuentra penado por el Código Penal venezolano.

De hecho, el artículo 478  del Código Penal indica que una persona puede recibir una pena máxima de 45 días de arresto y el  537  señala que “el que cometa crueldades con los animales, los maltrate sin necesidad o los someta a trabajos manifiestamente excesivos, será penado con multa hasta por cien unidades tributarias (100 UT).