Cárcel
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Aprobada Ley Contra el Odio que penalizará con 20 años de cárcel a las personas que promuevan la violencia

 

El pasado miércoles 08 de noviembre fue aprobada la Ley contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, en la  Asamblea Nacional Constituyente (ANC), la cual estableció una pena de 20 años de cárcel a aquellos que incurran en fomentar delitos de odio.

En efecto el artículo 20 de la mencionada ley establece: “Quien públicamente (…) incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas en razón de su pertenencia real o presunta a determinado grupo social, étnico, religioso, político (…) será sancionado con prisión de 10 a 20 años”.

De igual manera «El prestador de servicios de radio o televisión que difunda mensajes que constituyan propaganda a favor de la guerra o apología del odio nacional, racial, religioso, político o de cualquier otra naturaleza serán sancionados con la revocatoria de la concesión».

Además señala que las personas jurídicas garantes de redes sociales y medios electrónicos que no quiten en un término de seis horas mensajes «de odio», así como sanciones de hasta el 4 % de sus ingresos fiscales brutos a los propietarios de medios que se nieguen a transmitir contenidos de promoción de la «tolerancia», también tendrán una multa de 100 mil a 150 mil UT cancelaran los portales digitales que violen la Ley de Difusión de Mensajes de Odio y la guerra.

Asimismo, la norma registra como delitos de odio los que estén orientados contra las minorías sexuales, pena el “agravante por motivos de odio e intolerancia” con una sanción semejante al “límite máximo de la pena establecida para el hecho punible correspondiente”.

Finalmente tendrá penas de presidio entre 8 y 10 años para los efectivos policiales o militares que se abstengan retracen  su acción contra los responsables de “delitos de odio”, además prisión con el mismo tiempo de sanción para el personal de salud que discrimine en el momento de brindar asistencia.

 

Redacción Lechuguinos